JUBILACIONES Y PENSIONES
REQUISITOS - AÑOS DE SERVICIOS Y APORTES -
ESTABLECESE QUE LOS TRABAJADORES QUE COMPLETEN LOS AÑOS DE SERVICIOS Y APORTES REQUERIDOS PARA ACCEDER AL BENEFICIO JUBILATORIO PODRAN RENUNCIAR A MESES TRABAJADOS SIMULTANEAMENTE EN CALIDAD DE AUTONOMOS, CADUCANDO LA DEUDA EXIGIBLE.-
Ley 25321