RESPONSABILIDAD DE AFJP. Afiliación de una persona de nacionalidad extranjera. Incorporación al Régimen de Capitalización. Participación de la AFJP en operaciones de generación de CUIL. Otorgamiento de un CUIL erróneo y coincidente con el que pertenecía a otro afiliado. Relación de causalidad. DAÑOS. Ingreso de los aportes a la cuenta de otro afiliado. Indemnizaciones. DAÑO MORAL. CITACION DE TERCEROS. ANSES y empresa empleadora del actor. Rechazo. SANCION de la Ley 26.425. Sistema Integrado Previsional Argentino. Eliminación del Régimen de Capitalización, absorción y sustitución por el régimen de reparto. Readecuación de la parte dispositiva de la sentencia a la normativa vigente.-
"Elgorriaga y Garat, J C c/Consolidar AFJP S.A. s/ordinario" CNCOM 04/09/2009