La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata resolvió, por mayoría, rechazar el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirmar el pronunciamiento de grado. Así, el IPS bonaerense deberá pagarle la pensión a un veterano de Malvinas pese a que el beneficio de la normativa solo alcanzaba a los ex combatientes con domicilio en la provincia de Buenos Aires. El beneficiado había residido en ese distrito hasta 1987.
Lujan Claudio Ernesto c/Instituto de Previsión Social (I.P.S.) s/pretensión anulatoria – previsión - Fallo CCA LA PLATA Pensiones de Malvinas para todos - Diario Judicial 29/06/2011