jueves, 1 de diciembre de 2011

*GP 67/11* 30/11/2011

SOLICITUD DE BENEFICIOS PREVISIONALES
MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD Y DEFENSA
Resulta procedente computar servicios civiles para la obtención de un beneficio a través del SIPA, previa acreditación por parte del peticionante de la posibilidad legal de haber realizado la actividad que denuncie, mediante la autorización de la superioridad que jerárquicamente lo haya tenido como subordinado, al tiempo de la prestación.
GP67/11
Referencias Normativas: GAJ43415