REGIMEN LABORAL
ART. 6° LEY 25.877 - PRORROGA
PRORROGASE, DESDE LA FECHA PREVISTA EN EL DECRETO Nº 25/07 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2008, LA VIGENCIA DEL BENEFICIO INSTITUIDO POR EL ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 25.877.
Decreto 1066/08
Decreto 1066/08 - Procedimiento retroactivo
L.25877 Art.6º